No hay nada peor que acostumbrarnos a lo que dicen y mirarlos con desdén o de reojo. Muchos de los integrantes del “público” son permeables a sus discursos y ni siquiera ponen en duda las barbaridades de estos periodistas. Te hablo de los amanuenses del poder, que despotrican y señalan, muchas veces sin prueba alguna.
Tienen el respaldo del multimedio del que forman parte, pero podrían estar cometiendo uno o varios delitos. Son muchas las medias verdades, los ocultamientos y las mentiras, lisas y llanas, que perpetran quienes están acostumbrados a hacer operaciones a las que -encima- llaman “periodismo independiente”. Cinismo puro.
“Leuco se habla encima”, driía un amigo. Aquí se lleva puestos a la mayoría de los votantes del Gobierno Nacional. Este es el contexto crea la derecha para estas elecciones: el humorista Alfredo Casero acaba de pedir que no voten quienes reciben planes sociales. “Comunismo o libertad”, esa consigna están sustanciando.
El abogado realizó una denuncia ante el INADI por el discurso de Alfredo Leuco contra “los kirchneristas y chavistas”.
“Sin kirchneristas”: Dalbón denunció a Leuco ante el INADI por su discurso golpista
“Tras las declaraciones del conductor de La Nación + Alfredo Leuco de tinte golpista y antidemocráticas, el abogado Gregorio Dalbón realizó una denuncia ante el INADI por “actos discriminatorios”. La denuncia ya fue formulada en el organismo.
“Según pudo acceder El Destape, en la presentación el letrado hace referencia a la frase que manifestó el periodista en su programa: “A usted lo espero mañana a las nueve de la noche para tratar de fortalecer la Nación con más libertad, con más igualdad, con más legalidad, sin kirchneristas, sin fasc… chavistas, sin corruptos, mañana”.
“Fundo la presente denuncia en la Ley 23.592 de Actos Discriminatorios, la cual establece en su artículo 1: ‘Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos’”, detalló en su denuncia el abogado de la vicepresidenta Cristina Kirchner.
“Además, apuntó que en el artículo 3 de la Ley se establece que “serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.
“Asimismo, Dalbón planteó que los dichos de Leuco “resultan en un menoscabo de los derechos fundamentales de igualdad reconocidos” por la Constitución en sus artículos “16, 37, 38 y 75 inciso 22, como en diversos instrumentos internacionales que gozan de igual jerarquía”. Además, replicó: “Es necesario tener en consideración que el señor Lewkowicz se refiere en sus dichos a una Nación sin Kirchneristas y sin Chavistas, discriminando y menoscabando a un sector de la población con una posición e ideología politica determinada, atacando de ese modo el sistema democrático argentino, toda vez que tal como prevee la Constitución Nacional en su artículo 38, los “los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático”.
“Además, mencionó el Código de Ética del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), el cual, establece en su artículo 3º “como valores esenciales (…) el respeto a los principios de la democracia, la honestidad, la transparencia, el pluralismo y la diversidad” mientras que en artículo 37º indica que “los periodistas deben ejercer su profesión respetando y fomentando la diversidad, evitando reproducir prejuicios, generalizaciones, estereotipos, estigmatizaciones u observaciones provocativas de cualquier índole respecto de grupos minoritarios y colectivos vulnerables”.
“Para finalizar, Dalbón le solicitó al organismo que “emita un dictamen de opinión respecto de los actos discriminatorios llevados a cabo por el señor Alfredo Manuel Lewkowicz” y que aplique las sanciones previstas.
“ELdestapeweb.com
“13 de mayo de 2021”.