Hace tiempo te cuento aquí acerca de la pésima tarea de este Gobierno, en lo que respecta a riego y limpieza de los espacios verdes del Gran Mendoza. En más de una oportunidad te planteé mi teoría -para nada novedosa, dicho sea de paso- respecto del proyecto privatizador que se estaría alentando. Aquí está la evidencia.
Suarez vino sólo a hacer negocios personales con sus amigos, correligionarios y cómplices. Aparentemente le frenamos la megaminería y el fracking, que se estarían llevando adelante en forma subrepticia y dejándole un porcentaje. Asimismo la voracidad del neoliberalismo lo empuja a más, aunque eso suponga gastos innecesarios.
El personal del Estado está dispuesto a realizar su trabajo, aunque el Gobernador contrata a una empresa que traerá su propio personal. No hay ninguna justificación posible. Esta práctica no es nueva y se evidencia también en muchas municipalidades. Pero no debemos permitir que estos negocios prosperen a costa del erario público.
“Multimillonaria licitación por la limpieza del Parque General San Martín
“A pesar de que la Dirección de Parques y Paseos Públicos cuenta con personal propio, desde el Gobierno aclaran que no dan abasto por lo que planean gastar $1.996 millones en un contrato que sería por 10 años.
“Alrededor de $16.6 millones de pesos por mes gastará la provincia de Mendoza en un servicio de limpieza, segado, desmalezado, riego, iluminación y otros servicios del Parque General San Martín y otros espacios como el Cerro de la Gloria y el Centro Cívico. Así consta en el decreto 484 publicado en el Boletín Oficial que fija una pauta de gastos de $1.996 millones por la extensión de 120 meses.
“A pesar de que la Dirección de Parques y Paseos Públicos cuenta con 40 empleados, el director Ricardo Mariotti ha expresado que no alcanzan para hacer frente a las tareas de mantenimiento y por eso desde hace años parte del servicio está tercerizado. En la actualidad, ese servicio lo realiza Consultora Logística Ambiental, pero el contrato expiró y el Gobierno ha convocado a una licitación millonaria para contratar una empresa por los próximos 10 años.
“No obstante el ingente esfuerzo que a diario se realiza por parte del personal encargado del mantenimiento de estos espacios, el mismo se ha visto resentido. Este creciente deterioro es debido –especialmente- al uso intensivo de todos sus espacios y a la paulatina disminución de personal, situación que se ha visto exacerbada debido a la pandemia y las consecuentes medidas que fue necesario adoptar en protección de la salud de los empleados, especialmente los considerados de riesgo”, se puede leer en el decreto firmado por Rodolfo Suarez.
“Pero además, reconoce que la Dirección de Parques y Paseos Públicos está cada vez más venida a menos y que ni si quiera cuenta con herramientas para llevar adelante la tarea con éxito y por ello entienden que la solución es contratar una empresa privada
“De igual manera el envejecimiento del parque automotor y las maquinarias necesarias para el correcto mantenimiento han contribuido a la situación descripta, lo que ha suscitado diversos reclamos de personas y entidades ante la Dirección de Parques y Paseos Públicos y en redes sociales y medios de comunicación”, adhiere el decreto que convoca a la licitación.
“Este último párrafo hace referencia a las denuncias públicas que incluso han sido presentadas ante Fiscalía de Estado por dirigentes de la oposición e integrantes de asociaciones civiles como la Asamblea por el Árbol.
“En noviembre del año pasado la Asamblea por el Árbol presentó una denuncia por presunto incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos de los integrantes de la Secretaría de Ambiente. En concreto, aseguraban que existe una “falta de responsabilidad y dedicación para conservar” el Parque General San Martín y adjuntaban imágenes del supuesto deterioro del pulmón de la ciudad.
“Meses después, en marzo del 2021 el concejal de Ciudad Luis Giachino también realizó una denuncia ante Fiscalía de Estado y presentó un pedido de informes en la Legislatura por el deterioro y la falta de riego en el principal espacio verde de la provincia.
“En ese contexto, el gobierno reconoce que “resulta necesaria una nueva puesta en valor de este destacado espacio verde mediante el mantenimiento de prados, bosques, calles, acequias, rotondas, monumentos, fuentes y lugares significativos para que luzcan de la mejor manera, situación esta que se ha ido resintiendo de manera progresiva debido a la disminución de personal y envejecimiento de los equipos y flota automotor”.
“En lugar de renovar la flota y reforzar el personal de la dependencia, decidieron que la mejor opción es tercerizar servicio de limpieza, segado, desmalezado, riego, iluminación por los próximos 10 años pagando 16 millones de pesos por mes a la empresa que gane la licitación.
“En el decreto, remarca que la concesión será por 10 años porque la empresa ganadora deberá hacer una inversión importante en maquinaria y debe contar con un plazo que le permita “la correcta amortización de los costos de tales bienes, que pasarán a formar parte del Patrimonio de la Dirección de Parques y Paseos Públicos al momento de finalizar la concesión”.
“En los pliegos elaborados por los organismos técnicos pertinentes, se prevé de parte del futuro prestador una importante inversión en maquinarias, equipos e instalaciones razón por la cual se considera procedente el plazo de concesión previsto”, explica.
“Lee el decreto completo:
“Decreto Nro: 484
“Fecha: 23-04-2021
“MENDOZA, 23 DE ABRIL DE 2021
“Visto el expediente N° EX-2021-00483573–GDEMZA-DPP#SAYOT, mediante el cual se tramita la contratación de “PRESTACIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, SEGADO, DESMALEZADO, RIEGO, ILUMINACIÓN Y SERVICIOS CONEXOS EN EL PARQUE HISTÓRICO GENERAL SAN MARTÍN, CERRO DE LA GLORIA Y CENTRO CIVICO”; y,
“CONSIDERANDO:
“Que el Parque Histórico General San Martín, en sus más de 124 años de existencia, representa un símbolo muy importante para todos los mendocinos desde lo cultural y patrimonial, transformándose en todo este tiempo en el espacio verde más importante con el que cuenta la Provincia, siendo el escenario elegido para la realización de diferentes actividades de esparcimiento, deportivas, culturales, ente otras, como así también, el lugar obligado de visita de miles de turistas locales, nacionales e internacionales.
“Que el Parque San Martín es el parque artificial más grande de América del Sur. Su valor agregado fue haber sido creado por el hombre en el desierto. Se constituye en punto importante de la vida cultural de la provincia ya que alberga, entre tantas otras cosas, el teatro griego Frank Romero Day –que lo convierte en el corazón de la Fiesta Nacional de la Vendimia–, además de contener el Estadio Malvinas Argentinas e instituciones académicas y científicas como la Universidad Nacional de Cuyo o el Centro Científico Tecnológico del CONICET.
“Que, en el lapso de los últimos años, se produjo una profunda remodelación y refuncionalización del citado Paseo, habiendo realizado una importante inversión para esta puesta en valor.
“Que, a su vez, mediante Ley 6394 se lo declaró como Área Ambiental Urbana Protegida, lo que implica considerarlo “como una unidad ambiental dirigida a ser preservada por su calificada representatividad como patrimonio natural, cultural, actual y futuro, destinada a su desarrollo integral, a través de la conservación, educación, recreación, producción e investigación, con finalidades múltiples de carácter ecológico, social y económico; unidad de manejo (U.M.): como las distintas partes que integran el Área Ambiental Urbana Protegida (A.A.U.P.), que se delimitan conforme a su comportamiento homogéneo desde el punto de vista paisajístico ambiental; y unidad de espacio (U.E.) que poseen características particulares que se determinan en función de determinados usos y de su valor cultural natural.” (artículo 3). A través de esta norma se establecen las condiciones de utilización y zonificación del Parque General San Martin para lograr el cumplimiento de sus objetivos.
“Que en su interior se emplaza el “Cerro de la Gloria”, erigido en ocasión de los festejos del Centenario, como consecuencia del dictado de la Ley 6286, en 1909, que dio origen al emplazamiento del monumento, en el llamado “Cerro del Pilar”. En la década de 1940 el Arq. Daniel Ramos Correas realizó la remodelación del entorno del monumento y se construyó una amplia escalinata de acceso al mismo. El Monumento del Cerro de la Gloria, su base y su entorno fueron declarados Patrimonio Cultural de la Provincia de Mendoza por Decreto Nº 552/98.
“Que, no obstante, el ingente esfuerzo que a diario se realiza por parte del personal encargado del mantenimiento de estos espacios, el mismo se ha visto resentido. Este creciente deterioro es debido –especialmente- al uso intensivo de todos sus espacios y a la paulatina disminución de personal, situación que se ha visto exacerbada debido a la pandemia y las consecuentes medidas que fue necesario adoptar en protección de la salud de los empleados –especialmente los considerados de riesgo-.
“Que de igual manera el envejecimiento del parque automotor y las maquinarias necesarias para el correcto mantenimiento han contribuido a la situación descripta, lo que ha suscitado diversos reclamos de personas y entidades ante la Dirección de Parques y Paseos Públicos y en redes sociales y medios de comunicación.
“Que resulta necesaria una nueva puesta en valor de este destacado espacio verde mediante el mantenimiento de prados, bosques, calles, acequias, rotondas, monumentos, fuentes y lugares significativos para que luzcan de la mejor manera, situación esta que se ha ido resintiendo de manera progresiva debido a la disminución de personal y envejecimiento de los equipos y flota automotor.
“Que, por otra parte, el Centro Cívico, creado por Ley 3401 en el año 1965, también ha sido objeto de recientes remodelaciones en sus calles, predios, sistemas lumínicos e instalaciones.
“Que, mediante convenio con la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza se encargaron a ésta última diversas tareas de mantenimiento de dicho espacio, las cuales fueron reconsideradas mediante Adenda suscripta en diciembre de 2020 y ratificada por Decreto Nº 148/2021.
“Que en tal sentido, manteniendo la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza intereses conjuntos con la Provincia de Mendoza sobre el uso de los espacios del Centro Cívico, en función al Convenio y su posterior Adenda, es que se ha solicitado su participación activa dentro del proceso licitatorio y su correspondiente comisión de evaluación y Pre-adjudicación, mediante la propuesta de un miembro nominado por el señor Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, para integrarla.
“Que en orden 03 obra nota de requerimiento de la Dirección de Parques y Paseos Públicos dependiente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a efectos de realizar la contratación propuesta por el período previsto en el artículo 15 del Pliego de Condiciones Particulares.
“Que, en los pliegos elaborados por los organismos técnicos pertinentes, se prevé de parte del futuro prestador una importante inversión en maquinarias, equipos e instalaciones razón por la cual se considera procedente el plazo de concesión previsto. Y en vistas a la ecuación económica financiera que debe atravesar para poder cumplir con las exigencias de plazo y forma que se plantea, resulta necesario prever un plazo tal que permita la correcta amortización de los costos de tales bienes que, por otra parte, pasarán a formar parte del Patrimonio de la Dirección de Parques y Paseos Públicos al momento de finalizar la concesión.
“Que en orden 48 obran Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Técnicas, que regirán el llamado a licitación que se propicia, como así también todos los anexos documentales necesarios.
“Que, dado que la contratación que se propicia compromete presupuestos de ejercicios futuros, dichos servicios deben considerarse incluidos en las excepciones del artículo 100, inciso b) de la Ley Nº 8706.
“Que para la presentación de las propuestas, y conforme con lo previsto en los artículos 16 y 17 del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Provincia, y lo dispuesto por el artículo 149 del Decreto N° 1000/2015, se solicita la excepción de presentación de las ofertas en formato digital y se dispone su presentación en formato papel, en virtud de las dificultades que implica el manejo de tan importante volumen de información técnica, especialmente el escaneado de planos cuya resolución para visualizarse, puede verse afectada.
“Que en orden 11 obra Disposición DI-2021-01075482-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes del Gobierno de la Provincia de Mendoza, mediante la cual se exceptúa a la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de gestionar a través del sistema electrónico de compras públicas COMPRAR MENDOZA, el procedimiento de contratación tramitado en el Expediente N° EX-2021-00483573–GDEMZA-DPP#SAYOT: “PRESTACIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, SEGADO, DESMALEZADO, RIEGO, ILUMINACIÓN Y SERVICIOS CONEXOS EN EL PARQUE HISTÓRICO GENERAL SAN MARTÍN, CERRO DE LA GLORIA Y CENTRO CIVICO”.
“Que el artículo 149 del Decreto Nº 1000/2015, establece que los órganos licitantes designarán, por acto administrativo, a los integrantes de la Comisión de Pre-adjudicación de Ofertas, que intervendrán en el proceso de evaluación de las mismas. Dicha Comisión deberá estar integrada al menos por dos (2) o más personas.
“Que resulta procedente determinar que la calificación final de las ofertas evaluadas deberá ser en orden descendente, de tal manera de facilitar el procedimiento administrativo en caso de cualquier contingencia durante el proceso.
“Que, a su vez, el artículo 146 del Decreto N° 1000/2015 establece los órganos competentes para autorizar los procedimientos licitatorios, precalificar, adjudicar o aprobar contrataciones; y observando que el presupuesto previsto para la presente supera en más de 200 veces lo previsto para las contrataciones directas, por la Ley 9278 (artículo 71) de Presupuesto vigente, corresponde dictar el presente acto.
“Que en orden 43 obra volante de imputación preventiva N° 10 intervenido por Contaduría General de la Provincia en orden 54.
“Por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto por los artículos 139, 140, 142 cc y ss de la Ley 8706 y artículos 149 y 153 del Decreto Nº 1.000/2015, la Ley 6394 y de acuerdo a lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial y por Fiscalía de Estado,
“EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
“Artículo 1°- Facúltese a la Dirección de Parques y Paseos Públicos, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, para que proceda –por sí y/o con la colaboración de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes- a llamar a Licitación Pública con el objeto de contratar la “PRESTACIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, SEGADO, DESMALEZADO, RIEGO, ILUMINACIÓN Y SERVICIOS CONEXOS EN EL PARQUE HISTÓRICO GENERAL SAN MARTÍN, CERRO DE LA GLORIA Y CENTRO CIVICO”, según Pliegos de Condiciones Generales, Particulares, Técnicas y Anexos, obrantes en orden 48, del expediente EX-2021-00483573-GDEMZA-DPP#SAYOT, por el término de ciento veinte (120) meses, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva del servicio, a cuyo efecto se autoriza a invertir hasta la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES VEINTE MIL CON 00/100 ($ 1.996.020.000,00), para ciento veinte (120) meses de servicio, a razón de PESOS DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 16.633.500,00) por mes.
“Artículo 2°- A los fines de lo dispuesto por el artículo precedente, APRUEBENSE los pliegos licitatorios y la documentación técnica obrante en orden 48 del expediente EX-2021-00483573-GDEMZA-DPP#SAYOT
“Artículo 3°- Encuádrese el presente proceso licitatorio en las previsiones de los artículos 16º y 17º del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Provincia, y al artículo 149º del Decreto N° 1000/2015 y, en consecuencia, dispóngase el siguiente esquema para la presentación y apertura de ofertas:
“- Fecha de presentación de ofertas y apertura de sobre N° 1: A determinar por resolución de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial.
“- Apertura de Ofertas Económicas correspondientes a las ofertas: Básica, Alternativa Obligatoria, y Variantes (si las hubiera): Una vez abiertos los sobres y aprobadas las ofertas técnicas contenidas en el sobre Nº 1 y mediante el mismo acto administrativo, se determinará la fecha para su apertura.
“- Las ofertas económicas contenidas en los sobres identificados con el Nº 2, quedarán en custodia de la Escribanía General de Gobierno hasta el momento de su apertura.
“- Facúltese a la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial a convocar mediante resolución o circulares la/s fecha/s de visita de obra, con pleno respeto de los protocolos sanitarios vigentes al momento de la convocatoria, y determinando fecha, hora y lugar de encuentro para tal visita.
“Artículo 4°- Dispóngase que la calificación final de las ofertas evaluadas deberá ser dispuesta en forma descendente en función de la calificación obtenida por cada una de ellas.
“Artículo 5°- El gasto autorizado en el artículo 1° será atendido por la Tesorería General de la Provincia con cargo a la partida: Unidad de Gestión de Crédito: SA7999-41301, Fin. 00; Unidad de Gestión de Consumo: SA7999 estimando para tal concepto durante el ejercicio del año 2021, la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($116.434.500,00).
“Artículo 6°- Autorícese a los Servicios Administrativos correspondientes, a imputar, liquidar y abonar los volantes de imputación correspondientes a los ejercicios futuros, mientras se encuentre vigente la contratación autorizada por el artículo 1° y conforme lo dispuesto por el artículo 100, inc. b) de la Ley N° 8706.
“Artículo 7°- Desígnese integrantes de la Comisión de Pre-adjudicación de Ofertas, establecida en el artículo 149 del Decreto Nº 1000/2015, a los agentes que más abajo se detallan, para intervenir en el proceso de evaluación de las ofertas que se presenten en el marco de la contratación de la “PRESTACIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, SEGADO, DESMALEZADO, RIEGO, ILUMINACIÓN Y SERVICIOS CONEXOS EN EL PARQUE HISTÓRICO GENERAL SAN MARTÍN, CERRO DE LA GLORIA Y CENTRO CIVICO”, a:
“Cdor. Daniel Filchel, D.N.I. N° 12.584.511 (Dirección de Parques y Paseos Públicos)
“Nadya Romina Moyano, D.N.I. N° 32.377.682 (Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial)
“Dra. Maria Cecilia Mengoni, D.N.I. N° 24.207.503 (Subsecretaria de Contrataciones y Registros de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza)
“Artículo 8° – Comuníquese a quienes corresponda y archívese.
“RODOLFO ALEJANDRO SUÁREZ
“ARQ. MARIO SEBASTIÁN ISGRÓ”.
“Mdzol.com
“Mariano Bustos
“30 de abril de 2021”.