Cuando algunos resquicios de la institucionalidad de nuestro país emite este tipo de señales, uno piensa que no todo está perdido. Lo ocurrido en el sur de nuestro país, parece que se tratara de un hecho que resultara una extensión del territorio ingles, y que la quinta fortuna de esa nación no encontrara barreras en los bellos parajes de la nuestra.
Este es una suerte de enclave colonial dentro de nuestro espacio continental, casi como una extensión de la ocupación imperial que ocurre en nuestras queridas Islas Malvinas. Así de lineal se aparece todo lo que tiene que ver con estos sitios, mientras los tres poderes de la argentina y del Río Negro, no parecía quisieran expedirse.
Todo esto, de igual modo, acontece mientras estamos a horas de un golpe de Estado institucional que fraguó la mismísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que lejos de tranquilizarnos, nos provee de mayor ansiedad. No es posible pensar que todo esto también quede en la nada, cuando llegue al máximo tribunal, que no es de fiar.
“Medida a favor del acceso público
“La IGJ pidió la liquidación de la empresa de Lewis que incluye las tierras que encierran el Lago Escondido
“Solicitó la intervención judicial de la empresa Hidden Lake S.A., propiedad del magnate británico, la nulidad de la compañía y la liquidación de su patrimonio. “En realidad, resulta ser una pantalla jurídica”, dice en los considerandos.
“La Inspección General de Justicia (IGJ) pidió hoy la intervención judicial de la empresa Hidden Lake S.A., propiedad del magnate británico Joe Lewis, y la nulidad de la compañía y posterior liquidación de su patrimonio, lo que incluye los terrenos que encierran el Lago Escondido, en la provincia de Río Negro.
“El titular de la IGJ, Ricardo Nissen, firmó la Resolución Particular 393/2022 “tendiente a requerir la intervención judicial de la entidad comercial y solicitar la declaración de nulidad de tal compañía y la posterior liquidación de su patrimonio, el cual podría incorporarse al conjunto de los bienes estatales para el fomento de la educación común”.
“Así lo establecen los artículos 18 y 19 de la Ley General de Sociedades para el caso de la liquidación de bienes de sociedades en condiciones de irregularidad como las detectadas en Hidden Lake.
“El expediente se inició en marzo pasado, tras los episodios de principios de febrero en los que un grupo de unas 20 personas que reclamaban por la apertura de una vía de acceso al Lago Escondido fueron interceptados y retenidos por guardias privados que respondían a Joseph Charles Lewis.
““Se requirió a las autoridades de la sociedad mercantil mencionada una serie de documentación e informaciones, a resultas de lo cual se concluyó que la compañía era controlada por el Sr. Lewis y presentaba un sinnúmero de irregularidades”, explicó la IGJ.
“La resolución destaca la existencia de causas judiciales con varias resoluciones firmes del Superior Tribunal De Justicia de la Provincia de Río Negro y hasta de la Corte Suprema de Justicias desde el año 2005, pese a las cuales “a más de 17 años todavía se sigue sin materializar el acceso público al Lago Escondido”.
“La resolución explica que la empresa de Lewis presentó “múltiples recursos procesales dilatorios” para evitar el cumplimiento de los fallos que obligan a la apertura de un paso público hacia el espejo de agua.
“La IGJ determinó también que “la sociedad del Lewis no realizó durante décadas actividad comercial alguna que le permitiera sufragar, entre otras cuestiones, la construcción de la mansión en las proximidades del Lago Escondido, ni mucho menos auto-sostenerse como entidad mercantil genuina”.
““Hidden Lake, en realidad, resulta ser una pantalla jurídica que no tiene por finalidad el intercambio, la producción o prestación de bienes o servicios, sino que se la está utilizando para disfrazar un cuantioso patrimonio del Sr. Lewis en la Patagonia”, sostiene la resolución.
“La parte resolutiva del documento, de 62 páginas, dispuso “promover de inmediato la acción judicial tendiente a obtener la declaración de nulidad de la sociedad”.
“Al mismo tiempo, requirió “la intervención judicial de la administración de dicha sociedad, en evidente resguardo del interés público habida cuenta del gravísimo incumplimiento en que ha incurrido dicha sociedad respecto de sentencias judiciales firmes”.
“El documento menciona, además, “las gravosas consecuencias que esa actuación omisiva y el relacionado abuso procesal ha ocasionado y ocasiona a la comunidad”.
“Tiempoar.com.ar
“Néstor Espósito
“18 de abril de 2022”.