“Acuerdo con el FMI
“Las mentiras y el sincericidio de Milei para acelerar la aprobación del acuerdo con el FMI
“El Presidente mintió al decir que respetaría la “Ley Guzmán”. La trampa en la que se mete el Gobierno con los argumentos que necesitó para justificar el DNU.
“Javier Milei volvió a mentir: este martes, pese a lo que había dicho hace poco más de una semana, aprobó el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por DNU. El Presidente lo hizo antes de cerrar y anunciar públicamente los detalles del acuerdo técnico. Además, reconoció en el propio decreto que legalmente debería enviar un proyecto de ley al Congreso y utilizó un sinfín de recovecos argumentales para justificar por qué, finalmente, no pasará por el Parlamento.
“”Apruébanse las operaciones de crédito público contenidas en el Programa de Facilidades Extendidas a celebrarse entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL”, establece el DNU 179/2025 en su artículo 1. El decreto mismo admite que el acuerdo es “a celebrarse” y no incluye ningún anexo con su contenido. No hubiera podido ser de otra manera, ya que el FMI todavía no anunció la firma de un acuerdo técnico (o Staff Level Agreement), vía habitual para conocer los detalles del programa que luego debe aprobar el directorio del organismo.
“Qué se sabe del acuerdo con el FMI a través del DNU
“Por eso, a través del DNU solo pueden conocerse algunos detalles importantes pero generales. Como determinó en ese mismo artículo 1, se tratará de un Programa de Facilidades Extendidas (Extended Fund Facility o EFF), un tipo de asistencia del FMI de largo plazo que para ayudar a que los países implementen reformas estructurales. Es decir, un programa que implica mayores condicionalidades para la macroeconomía. Es el mismo tipo de programa que el firmado por Alberto Fernández y Martín Guzmán en 2022, y diferente al crédito Stand-By, de menor plazo y condiciones, firmado por Mauricio Macri en 2018.
“Además, el decreto reveló que los vencimientos comenzarán tras un período de gracia de cuatro años y seis meses, o sea, a fines de 2029, y que ocurrirán durante un período de diez años, es decir, hasta 2039. También señala, como habían anticipado Milei y Luis Caputo, que el nuevo crédito incluido en el programa será destinado a la cancelación de deuda del Tesoro con el Banco Central y, además, a vencimientos del acuerdo firmado en 2022 que caigan en los primeros cuatro años posteriores a finalizado el período de gracia de este próximo acuerdo.
“Al contrario, al no estar el acuerdo técnico cerrado, varios datos cruciales se omiten, pretendiendo que el Congreso no rechace el DNU a libro cerrado. En primer lugar, el texto del decreto nunca señala el monto del crédito que se incluirá en el nuevo programa, por lo que habrá que esperar a la publicación del acuerdo de nivel técnico (Staff Level Agreement) para saber ese detalle. El mercado consideraba que se trataría de un préstamo extra de “dólares frescos” por entre 8.000 y hasta 15.000 millones de dólares.
“El texto del DNU tampoco establece qué tasa de interés tendrá que afrontar Argentina bajo el nuevo programa para devolver tanto el crédito ya otorgado en 2018 como los dólares extra que se incluirán en este nuevo acuerdo.
“Los argumentos y mentira de Milei en el DNU por el acuerdo con el FMI
“”Tiene que ver con nuestro sistema jurídico. Desde que Guzmán puso esa ley hay que hacerlo”, dijo Milei al ser entrevistado por Luis Majul, un día después de anunciar, en su discurso de apertura de sesiones, que “en los próximos días” enviaría al Parlamento el acuerdo con el FMI. Así, se refirió a la Ley de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda, impulsada por Guzmán en 2021, que establece que todo nuevo financiamiento o programa firmado con el Fondo debe ser aprobado por “una ley del Congreso”.
“Pero Milei dice una cosa y hace otra. El DNU en ningún momento “pide autorización” al Parlamento como decía el Gobierno sino que directamente aprueba la futura “operación de crédito”. Simplemente, como indica el trámite formal de cualquier DNU, lo remite a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, lo cual no quita que la vigencia de lo que dicta es instantánea desde su publicación. Para peor, lo hizo a ciegas, antes de la aprobación del acuerdo técnico.
“Lo llamativo es que el propio Poder Ejecutivo reconoce, en los considerandos del decreto, que la “Ley Guzmán” indica que “todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizado con el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL, así como cualquier ampliación de los montos de tales programas u operaciones, requerirá de una ley del H. CONGRESO DE LA NACIÓN que lo apruebe expresamente”.
“Por eso, el mismo DNU debe intentar generar jurisprudencia desarrollando una larga cadena de argumentos para justificar por qué se puede aprobar el nuevo acuerdo por decreto. Y, encima, hacerlo sin el acuerdo ya cerrado. La cadena lógica, plasmada en los considerandos, es básicamente la siguiente:
“La “Ley Guzmán” efectivamente requiere de una ley expresa del Congreso para aprobar cualquier nuevo programa con el FMI.
“Sin embargo, afirma el DNU, en el debate del Congreso para aprobar el acuerdo de 2022 quedó asentado, según el Gobierno, que la “Ley Guzmán” de Sostenibilidad de la Deuda “no implica que el H. CONGRESO DE LA NACIÓN se haga cargo de los fundamentos y de los términos concretos de los acuerdos en particular”, sino solo “a la aprobación legal de la operación de crédito público”, es decir, al acuerdo en general.
“Pese a ello, el DNU reconoce que la Constitución Nacional determina, en su artículo 75, que “al H. CONGRESO DE LA NACIÓN le compete contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación y arreglar el pago de la deuda interior y exterior”.
“Pero es válido evitar el tratamiento de una ley, salteándose al Congreso, cuando haya “circunstancias excepcionales” que justifiquen la emisión de un DNU. En este caso, en los considerandos se explica que “cancelar deuda con el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL a los efectos de garantizar el orden público económico configuran circunstancias excepcionales que justifican el dictado de la presente medida”.
“Lo insólito es que el Gobierno justifica la visión de que el Congreso puede aprobar un acuerdo sin conocer el texto del acuerdo mismo basándose únicamente en lo argumentado por solo dos diputados entonces opositores (Paula Oliveto y Pedro Galimberti) durante los discursos que dieron en la sesión que aprobó el acuerdo con el FMI de 2022. Cuando, en verdad, esa sesión se dio justamente en el marco contrario.
“El 4 de marzo de aquel año se aprobó y se conoció públicamente el acuerdo de nivel técnico (Staff Level Agreement) y recién después el Congreso lo trató, ya con todos los puntos del texto sobre la mesa (el 13 de marzo en Diputados y el 17 de marzo en el Senado). En resumen, el Gobierno se agarra del argumento de dos diputados opositores para oponerse a lo sancionado por todo el Congreso.
“Pero lo más impresionante es que a Milei no le queda más remedio que reconocer la gravedad de la situación económica actual para justificar la aprobación del acuerdo por DNU. Según admite en los considerandos, para “fortalecer la posición financiera del BCRA, garantizar la estabilidad macroeconómica, el acceso de la REPÚBLICA ARGENTINA a los mercados de crédito internacionales, la disminución de las restricciones cambiarias y la reducción de la inflación” se “hace necesario aprobar de forma urgente las operaciones de crédito público en el marco del Programa de Facilidades Extendidas a ser celebrado con el referido organismo internacional”.
“La trampa en la que se mete el Gobierno es que necesita la aprobación “urgente” del acuerdo con el FMI, sin depender del Congreso, para evitar que se desmadre la economía. Pero, al mismo tiempo, debe para eso aceptar la gravedad de la situación macro y mostrar que carece del consenso político necesario para poder pasar por el Parlamento, algo que podría no caerle demasiado bien a los mercados.
“Eldestapeweb.com
“Javier Slucki
“11 de marzo de 2025”.


