“Política
“Fiscalía de Estado pidió rechazar el amparo contra la audiencia pública del proyecto PSJ Cobre Mendocino
“La Fiscalía también se opuso a la medida cautelar solicitada, presentada por el exsenador provincial Marcelo Romano, por considerar que no se acreditaron ni la urgencia ni la verosimilitud del derecho invocado.
“La Fiscalía de Estado de Mendoza solicitó el rechazó el amparo y la medida cautelar presentados por el exsenador provincial Marcelo Romano contra la convocatoria a audiencia pública por el proyecto PSJ Cobre Mendocino, pactada para el 4 de agosto.
“El escrito emitido por el organismo judicial defendió la legalidad del procedimiento y aseguró que no se vulneraron derechos ambientales ni de participación ciudadana.
“En el marco del expediente caratulado “Romano Marcelo Martín c/ Dirección de Minería y Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental s/ Acción de Amparo”, la Fiscalía de Estado se presentó formalmente ante el tribunal y argumentó que tanto la acción como la cautelar deben ser rechazadas por no cumplir con los requisitos establecidos por la jurisprudencia para este tipo de procesos.
“El conflicto surgió por la convocatoria a una audiencia pública prevista para realizarse en el sitio del proyecto minero San Jorge, ubicado en la Cordillera de Los Andes, a varios kilómetros de Uspallata.
“La parte actora cuestionó que el lugar elegido sería de difícil acceso en época invernal, y sostuvo que esa decisión vulneraría derechos fundamentales como el acceso a la información y la participación ambiental.
“Sin embargo, desde Fiscalía señalaron que la normativa vigente no establece una obligación específica respecto del lugar en que deben realizarse las audiencias públicas, y que la elección del sitio está dentro del margen de discrecionalidad de la Administración.
“En ese sentido, argumentaron que realizar la audiencia en el mismo lugar del proyecto promueve el principio de inmediación, facilitando el contacto directo de la ciudadanía con el ambiente que se verá afectado por la actividad minera.
“Además, se destacó que se implementaron distintas medidas para garantizar el acceso y la participación: transporte gratuito desde Uspallata, posibilidad de intervención virtual a través de una plataforma web y dos puntos de transmisión en Las Heras y Uspallata.
“También se habilitó la presentación de opiniones por escrito antes y hasta cinco días después de la audiencia.
““La realización de la audiencia pública en el sitio del proyecto no solo es legal, sino que también es razonable y compatible con los derechos a la participación y a la información”, se afirma en el escrito.
“Respecto a la acción de amparo, el órgano consideró que no se cumplen los requisitos de admisibilidad, ya que no hay un acto manifiestamente arbitrario ni ilegal, ni una afectación actual o inminente de derechos constitucionales, y existen vías judiciales más idóneas para plantear objeciones al procedimiento.
“En cuanto a la medida cautelar, Fiscalía remarcó que su objeto coincide con el de la demanda principal, lo que implicaría una decisión anticipada sin cumplimiento del debido proceso. También argumentó que no se acreditó ni la verosimilitud del derecho invocado ni el peligro en la demora.
“Finalmente, la Fiscalía de Estado adhirió a la prueba ofrecida por la Provincia, reafirmó su legitimación para intervenir en defensa del interés ambiental y pidió el rechazo total de la demanda con costas.
“Losandes.com.ar
“21 de julio de 2025”.


