La CEPAL, que es la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, nos dice que 13 países de América Latina y el Caribe figuran entre los 15 mayores proveedores de recursos naturales del mundo. Chile es el primer productor de cobre, Brasil se encuentra entre los tres principales productores de hierro, México es el primer productor de plata, Bolivia es el cuarto productor de estaño, Colombia es el séptimo productor de níquel…
Tenemos en nuestro subsuelo los recursos que necesita el planeta, pero culpa de leyes elaboradas como un calco para toda Latinoamérica en los ’90, dentro del llamado Consenso de Washington, esos recursos se los llevan las grandes empresas trasnacionales, mientras nuestros países siguen con pobreza endémica, atados a la Ley 24.196 dictada en los ’90.
Plantea que basta que una persona o empresa declare un “cateo”, es decir, exprese por escrito que en tal lugar hay tal mineral, para que esa persona o empresa tenga la exclusividad para sacarlo y hacer con ese mineral lo que quiera, pagando al Estado Argentino una pequeña regalía del 3 % del valor en boca de mina (o sea, no del producto terminado, sino de un valor que ellos mismos informan), previo descontarnos el 1,2 % por gastos de comercialización.
O sea nos pagan el 1,8 % de lo que ellos mismos dicen llevarse. Recordemos que a lo largo de la década del ’90 y usando de punta de lanza las leyes del Chile de Pinochet, a través de los créditos condicionados del Banco Mundial y del FMI, la mayoría de los países latinoamericanos modificaron drásticamente sus sabias leyes mineras.
Así, Perú (1991), Bolivia (1991), Ecuador (1991), México (1992), Argentina (1993), Brasil (1996), Guatemala (1997), Honduras (1998) y Colombia (2001), adoptaron casi como un calco el modelo chileno, ofreciendo a las grandes empresas megamineras el cumplimiento irrestricto de 5 requisitos.
Te los enumero: a) seguridad de la tenencia, es decir, la empresa es dueña y puede transferir a quién quiera la concesión, incluso endeudarse, hipotecando los minerales a extraer. b) Leyes blandas para disponer de los derechos del subsuelo hasta su agotamiento. c) El Estado debe liberar toda la tierra necesaria para la explotación del mineral elegido. d) El Estado debe asegurarle a las empresas las divisas que necesiten para sus importaciones y para repatriar sus ganancias. e) Régimen fiscal estable, prohibiendo modificaciones en los impuestos durante toda la vida del proyecto.
O sea, hoy todos los recursos minerales de nuestro país son o serán propiedad de las grandes empresas mineras y las utilidades que obtienen esas empresas extrayendo nuestros minerales, fluyen alegremente al exterior transformadas en dólares, ante un país que las observa azorado.
Mientras, la mayoría padece carencias de todo tipo. En nuestro País, una de las mayores vergüenzas es la Ley 24.196. Si la buscan en Google entenderán porqué decimos lo que decimos. Hasta la próxima.
Columnista invitado
Alberto Lucero
Ingeniero Electricista, Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Mendoza. Titular de “LENIX Publicidad”. Titular de “INFO POINT SYSTEM”. Co-fundador de las A.M.P.A.P. (Asambleas Mendocinas por el Agua Pura), en Tunuyán.