“Un ministerio evaluará el desempeño de estatales para pagar un incentivo salarial
“La dependencia aprobó un procedimiento de evaluación para determinar cuáles empleados públicos cobrarán un incentivo por cumplimiento de metas institucionales, que se acordó en paritarias.El Ministerio de Producción, a cargo de Rodolfo Vargas Arizu, aprobó un procedimiento de evaluación de desempeño para el pago de un incentivo a los trabajadores estatales de esta dependencia. Este procedimiento se aprobó a través de la Resolución Nº 83, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y apunta a evaluar el desempeño de los empleados del Ministerio de Producción para el pago del “Fondo de Incentivación por Metas Institucionales”.
“La iniciativa fue acordada en la última negociación paritaria con las entidades sindicales que representan a los trabajadores de este sector y acordaron la creación del incentivo “Cumplimiento de Metas Institucionales – Ley 5126”.
“A través de esta medida, se definieron los formularios de evaluación de desempeño y la tabla de ponderaciones. A su vez, establece que el primer trimestre de aplicación, al no tener evaluación y por única vez, el componente CED (componente de evaluación de desempeño) se integrará solo por el factor de Prestación de la Tarea, ponderándose con el 60%.
“El procedimiento establece que la evaluación de desempeño será realizada a los agentes del Ministerio de Producción comprendidos en todas las clases del escalafón general que cumplen funciones de gestión ejecutiva normales y habituales propias de la administración central.
“El ministro Rodolfo Vargas Arizu firmó la resolución que establece el procedimiento para evaluar el desempeño de los empleados del Ministerio de Producción.
“La evaluación de desempeño de los agentes será realizada por el jefe o superior jerárquico inmediato de cada área. En tanto, advierten que los superiores inmediatos de los agentes a evaluar y las autoridades intervinientes son personalmente responsables de la imparcialidad, objetividad y transparencia en el uso de las normas que les competa aplicar en el proceso de evaluación.
“El procedimiento indica que se notificará al agente evaluado sobre su calificación de modo fehaciente a través de comunicación oficial o por el mail declarado para comunicaciones oficiales. En caso de disconformidad con la calificación obtenida, podrá interponer los recursos a los que tuviera derecho.
“Por otra parte, la normativa establece que las evaluaciones se harán de acuerdo con las funciones que efectivamente realice el agente para el cumplimiento de los objetivos y actividades de la unidad organizativa en la que preste servicios.
“Para le nivel superior serán evaluados personas con personal a cargo, para el nivel administrativo técnico aquellos agentes sin personal a cargo y para el nivel operativo los agentes que cumplan funciones de mantenimiento y servicios generales.
“Los parámetros de desempeño serán muy destacado, destacado, bueno, regular o deficiente y la evaluación se realizará trimestralmente.
“Las competencias generales van desde compromiso con el servicio público, prestación efectiva de la tarea, capacidad de trabajo en equipo o relaciones interpersonales, instrumentación de decisiones, proactividad y adaptabilidad. En cuanto a las competencias específicas se tomará en cuenta la conducción y supervisión, capacidad analítica e iniciativa, manejo de recursos, competencia y capacidad para la función, actitud formativa, cordialidad y presencia.
“Mdzol.com
“Gianni Pierobon
“30 de abril de 2025”.
Foto: Alf Ponce Mercado / Mdz


