
“Argumentos técnicos
“Abogados ambientalistas: la Ley de Glaciares de Cornejo y Milei causará el «desmantelamiento sistemático de las reservas de agua»
“La presión por flexibilizar los estándares ambientales creció con el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), por el cual el gobierno cede fondos públicos a las concesionarias de la minas de la cordillera.
“La Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA-CAJE) advirtió que la flexibilización de la Ley de Glaciares que impulsa Javier Milei derivará en el «desmantelamiento sistemático» de las reservas estratégicas de agua dulce del país para favorecer la expansión del extractivismo minero e hidrocarburífero.
“El documento técnico presentado por la entidad señala que el eje central del conflicto radica en la vulneración del Artículo 41 de la Constitución Nacional. La actual Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos establece un «piso» de protección que las provincias pueden mejorar, pero nunca rebajar. Sin embargo, la AAdeAA sostiene que el nuevo proyecto desnaturaliza esta jerarquía, transformando el piso protectorio en un «sótano regulatorio».
“El RIGI condenó a la Ley de Glaciares
“La presión por flexibilizar los estándares ambientales creció con el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), por el cual el gobierno cede fondos públicos a las concesionarias de la minas nacionales por la vía de las excepciones impositivas y aduaneras. Ahí nomás el lobby minero estructuró un plan contra la Ley de Glaciares con el fin de ampliar los límites del extractivismo definidos para aislar las reservas de agua dulce del impacto contaminante de la minería.
“Los abogados ambientalistas acusan la violación del Principio de No Regresión Ambiental reconocido por el Acuerdo de Escazú y la Corte Suprema de Justicia de la Nación entre las consecuencias que produciría la aplicación de la Ley con las reformas incluidas en el proyecto en danza. Ese principio prohíbe retroceder en los niveles de tutela ambiental ya alcanzados, como pretende el gobierno.
“Protección automática a la «discrecionalidad»
“Los abogados ambientalistas aseguran que la reforma introduce un cambio de paradigma alarmante: la protección dejaría de ser automática para todos los glaciares y ambientes periglaciares. Bajo el nuevo texto, solo estarían protegidos aquellos cuerpos de hielo que sean expresamente calificados como reserva estratégica de recursos hídricos.
“Esta definición quedaría, en los hechos, bajo el arbitrio de las autoridades provinciales. El informe advierte que cualquier glaciar podría ser destruido si una provincia declara que no cumple una «función hídrica relevante», ignorando otros servicios ecosistémicos vitales como la regulación del clima global, la biodiversidad y la complementariedad con las comunidades locales.
“La ciencia y el IANIGLA
“Uno de los puntos más críticos del documento de la entidad es el desplazamiento del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). Aunque el organismo se mantiene formalmente, perdería su autonomía: las provincias podrían informar discrecionalmente cuando un glaciar deja de tener función hídrica y forzar su eliminación del Inventario Nacional de Glaciares. Incluso, si el IANIGLA se negara a eliminar un cuerpo de hielo, la reforma permitiría que las autorizaciones provinciales de explotación sigan adelante.
“Avance de la megaminería y los hidrocarburos
“El «núcleo duro» de la reforma es la modificación del Artículo 6, que elimina la prohibición absoluta de actividades industriales en el ambiente periglacial. El proyecto propone sustituir estas prohibiciones por la obligatoriedad de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
“Para los especialistas, esto es una «coartada técnica», ya que en la práctica administrativa argentina las EIA rara vez rechazan proyectos de gran escala, como los impulsados por corporaciones como Barrick Gold, en San Juan.Un futuro de conflictos hidrosociales
“El documento concluye que fragmentar la protección de los glaciares, tratándolos como bienes provinciales aislados y no como sistemas hídricos indivisibles, multiplicará los conflictos entre jurisdicciones, citando como antecedente la disputa por el Río Atuel entre Mendoza y La Pampa.
“Explicitoonline.com
“26 de febrero de 2026”.













